{"id":4029,"date":"2018-12-08T17:21:54","date_gmt":"2018-12-08T20:21:54","guid":{"rendered":"http:\/\/magistradoscorrientes.com\/magistrados\/?p=4029"},"modified":"2020-11-16T18:13:55","modified_gmt":"2020-11-16T21:13:55","slug":"comunicado-de-la-fam-en-defensa-de-la-intangibilidad-de-las-remuneraciones","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/magistradoscorrientes.com\/magistrados\/comunicado-de-la-fam-en-defensa-de-la-intangibilidad-de-las-remuneraciones\/","title":{"rendered":"Comunicado de la FAM en defensa de la intangibilidad de las remuneraciones"},"content":{"rendered":"\n<p>DECLARACION DE BUENOS AIRES<\/p>\n\n\n\n<p>La JUNTA DE GOBIERNO DE LA FEDERACI\u00d3N ARGENTINA DE LA MAGISTRATURA Y LA FUNCI\u00d3N<br>JUDICIAL (F.A.M.), en Asamblea Extraordinaria, realizada en la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires los d\u00edas 6 y 7 de diciembre de 2018, con la asistencia de los representantes de las provincias de Buenos Aires, Chaco, Chubut, C\u00f3rdoba, Corrientes, Entre R\u00edos, Formosa, Jujuy, La Pampa, La Rioja, Mendoza, Misiones, Neuqu\u00e9n, R\u00edo Negro, Salta, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tucum\u00e1n y la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires; DECLARA:<br>La Federaci\u00f3n Argentina de la Magistratura defiende enf\u00e1ticamente el principio de intangibilidad de las remuneraciones de quienes desempe\u00f1en la funci\u00f3n judicial, como un pilar fundamental del sistema republicano de gobierno. Una democracia constitucional necesariamente se sostiene con un Poder Judicial independiente que haga efectivas las garant\u00edas del debido proceso y de juez imparcial que la Carta Magna reconoce a todo ciudadano.<br>En tal sentido, FAM expresa su profunda preocupaci\u00f3n ante la incertidumbre imperante respecto de la implementaci\u00f3n legislativa de Impuesto a las ganancias en los Poderes Judiciales Provinciales. Se destaca que esta preocupaci\u00f3n, compartida con la JUFEJUS, convoca a trabajar en conjunto con esta organizaci\u00f3n, a fin de encontrar un canal unificado de interacci\u00f3n ante los intentos de afectar los principios enunciados.<br>La intangibilidad no es un privilegio de los magistrados y funcionarios del Poder Judicial sino el basamento indispensable para que la funci\u00f3n sea ejercida sin presiones de los poderes pol\u00edticos o imposiciones del poder econ\u00f3mico, garantizando la efectividad de los derechos fundamentales. As\u00ed lo ha consagrado la Constituci\u00f3n Nacional al establecer que la remuneraci\u00f3n de los magistrados no puede ser disminuida por ning\u00fan concepto, principio que debe primar fortaleciendo la independencia judicial. No se concibe una lucha contra la corrupci\u00f3n sin la debida independencia judicial, para evaluar y tomar decisiones oportunas y eficaces sin que otro poder pueda alterar la determinaci\u00f3n judicial de sancionar y erradicar este mal end\u00e9mico.<br>La ileg\u00edtima afectaci\u00f3n que se pretende, compromete el futuro de los cuadros judiciales, desalentando todo empe\u00f1o en la formaci\u00f3n profesional de quienes han elegido dedicarse a la carrera judicial y consagran a ella sus mejores esfuerzos de capacitaci\u00f3n. En nuestro sistema, dicha vocaci\u00f3n merece ser defendida con \u00e9nfasis, preservando la calidad y la profesionalidad de la funci\u00f3n, por lo que debe rechazarse toda intencionalidad pol\u00edtica destinada a disuadir a magistrados y funcionarios de participar en concursos judiciales, puesto que de concretarse esta situaci\u00f3n, se configurar\u00eda la paradoja de que asumir un cargo de mayor responsabilidad al que se viene desempe\u00f1ando, obtendr\u00eda una remuneraci\u00f3n menor a la que viene percibiendo en el que ya ostenta.<br>En otro orden, debe resaltarse que, una vez m\u00e1s, nos vemos obligados a solicitar moderaci\u00f3n y respeto hacia los magistrados y funcionarios de la provincia de Chubut por parte de quienes ejercen los cargos m\u00e1s altos en los Poderes del Estado provincial, toda vez que se reiteran las declaraciones p\u00fablicas inadecuadas. En esta oportunidad se han hecho consideraciones que responden a estereotipos culturales negativos respecto del rol de la mujer y descalificaciones agraviantes destinadas a jueces y fiscales por parte de funcionarios del Poder Ejecutivo.<br>Asimismo, la Federaci\u00f3n expresa su apoyo a la Asociaci\u00f3n de Magistrados y Funcionarios del Chaco en su permanente reclamo ante la falta de pronunciamiento por parte de la Corte Suprema de Justicia de la Naci\u00f3n, en la acci\u00f3n de amparo iniciada por magistrados y funcionarios de esa Provincia peticionando actualizaciones salariales, la que se encuentra en estado de resolver por parte del m\u00e1ximo Tribunal Desde hace m\u00e1s de cuatro a\u00f1os, impidiendo una soluci\u00f3n definitiva en materia de remuneraciones en esa<br>Provincia. Instamos al respeto a la garant\u00eda de una decisi\u00f3n judicial en plazo razonable.<br>La FAM acompa\u00f1a al Colegio de Magistrados y Funcionarios de la CABA en el repudio a las descalificaciones infundadas del accionar de los magistrados en casos de repercusi\u00f3n p\u00fablica.<br>La Federaci\u00f3n expresa su preocupaci\u00f3n por la persistente situaci\u00f3n de postergaci\u00f3n salarial y deterioro de las remuneraciones de los magistrados y funcionarios del Poder Judicial de Santa Cruz y la grave afectaci\u00f3n al principio de porcentualidad derivada de la recomposici\u00f3n que se otorgara exclusivamente a los empleados judiciales y que sigue sin ser aplicada a los dem\u00e1s estamentos.<br>Asimismo, acompa\u00f1a la petici\u00f3n del Colegio de Magistrados y Funcionarios de la Provincia de Corrientes instando a los poderes pol\u00edticos provinciales a respetar los porcentajes previstos por las leyes de utarqu\u00eda del Poder Judicial, asignando las partidas que correspondan sin retaceos presupuestarios, a fin de que no se vea menguada la independencia del Poder Judicial y puedan cumplirse los objetivos institucionales Que la sociedad exige.<br>La Federaci\u00f3n rechaza enf\u00e1ticamente la desnaturalizaci\u00f3n del remedio constitucional del jurado de enjuiciamiento ocurrido recientemente en la provincia del Neuqu\u00e9n, en donde se suspendi\u00f3 a un Juez de Familia y a un fiscal. El derecho de todo ciudadano a controlar el desempe\u00f1o de los funcionarios y magistrados judiciales en el cumplimiento de la funci\u00f3n no implica necesariamente considerar mal desempe\u00f1o al accionar de quienes actuaron conforme al mandato de la ley, sin perjuicio de las aberrantes caracter\u00edsticas del hecho sufrido por las v\u00edctimas, cuyo \u00fanico responsable se quit\u00f3 la vida.<br>Ello lesiona la independencia de los integrantes del Poder Judicial porque condiciona el accionar futuro de los operadores, que ante situaciones similares, actuar\u00e1n presionados externamente por este tipo de decisiones.<br>FAM expresa su solidaridad con magistrados y funcionarios de la Provincia de R\u00edo Negro afectados por amenazas p\u00fablicas sufridas con motivo de resoluciones judiciales. Asimismo, se formula una recomendaci\u00f3n a las autoridades legislativas de esta Provincia para que se concrete el proyecto de divisi\u00f3n en salas del Consejo de la Magistratura para permitir el debido proceso en los sistemas disciplinarios y de remoci\u00f3n de magistrados y funcionarios de R\u00edo Negro.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECLARACION DE BUENOS AIRES La JUNTA DE GOBIERNO DE LA FEDERACI\u00d3N ARGENTINA DE LA MAGISTRATURA Y LA FUNCI\u00d3NJUDICIAL (F.A.M.), en Asamblea Extraordinaria, realizada en la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires los d\u00edas 6 y 7 de diciembre de 2018, con la asistencia de los representantes de las provincias de Buenos Aires, Chaco, Chubut, C\u00f3rdoba, Corrientes, Entre R\u00edos, Formosa, Jujuy, La [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":4045,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"ngg_post_thumbnail":0},"categories":[13],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/magistradoscorrientes.com\/magistrados\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4029"}],"collection":[{"href":"https:\/\/magistradoscorrientes.com\/magistrados\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/magistradoscorrientes.com\/magistrados\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/magistradoscorrientes.com\/magistrados\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/magistradoscorrientes.com\/magistrados\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=4029"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/magistradoscorrientes.com\/magistrados\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4029\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":4046,"href":"https:\/\/magistradoscorrientes.com\/magistrados\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4029\/revisions\/4046"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/magistradoscorrientes.com\/magistrados\/wp-json\/wp\/v2\/media\/4045"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/magistradoscorrientes.com\/magistrados\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=4029"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/magistradoscorrientes.com\/magistrados\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=4029"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/magistradoscorrientes.com\/magistrados\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=4029"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}