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Síntesis del viaje institucional de la Delegación FAM a Roma

Síntesis del viaje institucional de la Delegación FAM a Roma

Federación Argentina de la Magistratura – Viaje Institucional 
Organización de la Justicia en Italia 
Roma ( 26 de marzo – 1 de abril 2017 ) 

Lunes 27 de marzo:
Apertura del Curso por parte del Dr. Ricardo Cardilli, Director del mismo y Profesor de derecho romano de la Universidad Tor Vergata, en sede de la misma.
El mismo estuvo acompañado de las profesoras Valeria Boscolo y Belinda Caparro.
Disertación: Sistemas Jurídicos Comparados.
Profesor: Roberto Cardilli.
El profesor enfoca su exposición pretendiendo referir al derecho actual y al del futuro, a partir del derecho romano.
Es necesario sostiene, partir de una categoría crítica muy fuerte para develar las ideología del derecho actual; develar los principios básicos de nuestra cultura jurídica.
Realiza un análisis del concepto de jurisdicción vista como poder judicial por un lado y juicio por el otro. También del concepto de estado moderno, visto como el derivado del derecho francés expandido, que se equipara al concepto de nación europea.
Los ejemplos son entre otros, Italia, Alemania, en las cuales se advierte una armonización de culturas, más allá de que se  hable de del derecho nacional. Pero el derecho es mucho más que la ley y el poder no es monopolio del estado.
En cuanto a la función de la judicatura, desde la mirada expuesta anteriormente, sostiene que el juez puede desarrollar, crear derecho aunque se presume que solamente aplica. Se pregunta el profesor ¿es ello la realidad?
Hace aproximadamente treinta años que en Italia el poder judicial es el predominante.
Lo que sucede sostiene, es que no hay una tripartición de poderes, sino un poder universal, que proviene del pueblo romano. Este tiene como objetivo un modelo inclusivo de ciudadanía (ciudadanía universal). “Todos los romanos” implicaban diversas etnias en su momento.
Refiriendo al derecho romano destaca que no se utilizó la figura de la representación, sino la democracia directa por la cual se manifestaba la voluntad del pueblo, por el referéndum.
A su vez estaba la figura de los pretores, que tenían imperium por un año y estaban facultados para decir el derecho (juris-diccio). El pretor es una expresión de la conciencia social, pues es elegido directamente por el pueblo.
Estos caracteres permiten una adaptación del derecho romano.
En cuanto a la acción refiere, al derecho alemán, que visualiza a la misma como un derecho subjetivo siendo el ejemplo más típico el CC francés,  que tiene como centralidad la propiedad individual. En un segundo momento destaca la posición de Libman que postula una noción abstracta de acción.
La segunda etapa en el derecho romano se da por la aparición del imperio.
Conclusiones: propone una diferente perspectiva del valor justicia. Que el fósil dogmático puede ser superado, por la adaptabilidad que tiene el derecho romano. Adaptabilidad por el juez; hombre, humano, real.
Destaca que en  la actualidad los jueces – luego del proceso de “manu pulite” – tieneN un alto prestigio, en relación con la política, desde la mirada del ciudadano. Por lo tanto tienen un alto nivel de activismo.
Expone como ejemplo de ello lo sucedido en la década de 1970 cuando, los jueces sin contar con ley al respecto toman medidas por la contaminación industrial proveniente de la tercera revolución industrial, pero en donde se advierte mayor creatividad es en el proceso penal.
Concluye sosteniendo que el océano atlántico es un puente para las vinculaciones, uniones de las naciones para alcanzar ese derecho universal que visualiza.
Profesor: Massimo Papa.
El profesor expone sobre la misma temática, pero partiendo de una afirmación: el mundo ha cambiado.
Señala que en Europa hay 27000.000 millones de musulmanes.
Hay una continua evolución, y ya no se sienten los estados seguros con los ordenamientos internos, pues hay ordenamientos similares con reglas de funcionamiento distintas, y eso es lo que hay que advertir; hay que conocer el derecho comparado, el derecho extranjero, por las corrientes de inmigrante, destaca que se desplazan, con sus tradiciones y costumbres.
Incide en la configuración de esta situación la interpretación judicial. Da ejemplos en el área del derecho sucesorio y las interpretaciones diversas italiana y francesa.
Se formula el siguiente interrogante: ¿es solo una cuestión de interpretación?
Sostiene que no, que la ley no es todo, y las mismas cambian. La globalización indica que el derecho solo en su dimensión nacional ya no es suficiente.
Hace referencia al Código Unificado Civil y Comercial argentina, recientemente sancionado y a como ha sido trabajado; con la participación de la doctrina, jueces, abogados, lo que destaca como novedoso e importante.
El CC italiano hace referencia al ciudadano y el CU argentino a la persona.
En Italia la doctrina y jurisprudencia cumplen un rol fundamental pero no se les reconoce como fuente del derecho, pese a la influencia sobre en los claustros universitarios, la transmisión de una ideología.

Arguye que el derecho es una ciencia que se avala en un método, sincrónico y diacrónico, que tiene una visión general (lingüístico, histórico, etc.).
Con referencia a la obligatoriedad del precedente, es partidario de tal sistema, para dotar de mayor eficiencia al sistema. Propicia un valor vinculante persuasivo, no como en otros países en donde es fuerte, como China.
En cuanto al common law sostiene que no están rígido como se lo presenta, habiendo mecanismos para separarse del precedente.
Refiere a matices o formas de trabajar de los tribunales colegiados europeos; en primer lugar destaca que en Italia no se fundamentan los votos y prácticamente no hay disidencias. En España está el sistema de la doctrina legal establecida por el tribunal Supremo.
También destaca casos relevantes del Tribunal Europeo, como el uso del velo, conforme creencias religiosas, en lugares públicos y laborales, las diversas interpretaciones, para concluir que lo que hoy se advierte es una Europa Económica, pero se formula el interrogante de, ¿ cual es el pueblo europeo? ¿Qué nos identifica como occidentales?
Los mismos responden a la necesidad del profesor de destacar las nuevas  categorías jurídicas que se presentan para acompañar las nuevas realidades, antes destrucción de muros, ahora construcción de muros.

Martes 28 de marzo:
Visita institucional al Consejo de la Magistratura.
En esta oportunidad- en horario matutino – la delegación fue recibida por el Dr. Cesar Genaro, Consejero en representación de los magistrados, siendo su función originaria la de magistrado penal en Nápoles.
Describe, de manera coloquial, las funciones y composición del organismo que se visita.
Recuerda que la magistratura estuvo subordinada al poder durante el facismo, desde  1922 a 1945, en donde el principio de legalidad subsistió de manera formal.
Con la Constitución de 1948 se crea el Consejo que se ocupa del gobierno de la magistratura, de su designación, transferencia, promoción y de los procesos disciplinarios.
Su composición es mixta, siendo la judicial la mayoritaria, 2/3 de su composición en un nro. de 24 miembros, de los cuales 16 son jueces y 8 laicos, que deben contar con acuerdo del parlamento para acceder a la función, por un período de cuatro años.
La presidencia es ejercida por el Presidente de la República, el Presidente del Tribunal de Casación y el Procurador General.
El Presidente de la República ejerce mas bien una función honoraria, pues quien ejerce propiamente la presidencia del Consejo es el Vicepresidente.
Es considerado un “órgano de relevancia constitucional”, no la cabeza o vértice del Poder Judicial, dado que en el sistema judicial italiano, todos los jueces son iguales.
Es el primer consejo europeo, de este tipo.
Para su funcionamiento se divide en 10 comisiones que informan al pleno. Las comisiones están conformadas por cuatro jueces y dos laicos.
Se rigen por la Constitución, tratados, leyes ordinarias, reglamento de funcionamiento interno, resoluciones y directivas que emiten.
Resuelven las diversas cuestiones referidas a la magistratura como ser, recusaciones, incompatibilidades, realiza la  interpretación del reglamento interno, asigna funciones a los jueces que acceden al cargo por concurso y deben cumplir un año de practicas, realiza la evaluación periódica de la judicatura, cada cuatro años (tienen en cuenta la opinión del jefe de oficinas en su relación con el personal; los fallos emitidos, seleccionándose 5 de ellos por sorteo; también evalúan la producción).
En esta evaluación se califica como positivo, no positivo, negativo. En los últimos dos supuestos se le evalúa al año en el primer caso, valorándose la capacidad, laboriosidad, empeño, diligencia. En el segundo supuesto a los dos años, valorándose la independencia, imparcialidad y el equilibrio debiendo resolverse por la confirmación o la remoción.
Tienen obligación de realizar un curso de perfeccionamiento por año en la Escuela de la Magistratura, que funciona en Florencia.
También entre sus funciones está la de formular propuestas de reformas de leyes judiciales.
Emite las directivas para la organización de las oficinas judiciales, a través de circulares, la distribución de causas.
Lleva el listado de la magistratura honoraria, compuesta por aquellos que no acceden por concurso, sino por antecedentes, abogados graduados en jurisprudencia.
En derecho comparado mantiene contactos con consejos de otros países a través de reportes; escuela de la magistratura, intercambian para la formación.
Desarrollan el presupuesto del poder judicial.
En el aspecto disciplinario se constituye un tribunal diverso al del lugar de trabajo del magistrado, siempre presidido por un laico, cuatro jueces, uno de casación y tres de mérito o equivalentes a primera instancia en la  organización argentina).
En el año 2006 se ha elaborado un Catálogo de Faltas, que analiza diversos supuestos teniendo presente que es reprochable todo acto que produjere daño a la función, ya fuere en ejercicio o no de la misma. Se hace referencia aquí a los “ilícitos funcionales”, que refieren a la violación de los deberes de la función como ser: dar ventajas a las partes, actos gravemente incorrectos hacia las partes, hacia otros magistrados, interferencias; frecuentar una persona que es un delincuente habitual, participar en partidos políticos, en asociaciones secretas, organizaciones económicas, obtener ventajas.
Se ha dictado en el año 2006 el Decreto Nª 102, que reglamenta la temática, que prevén para los casos dolosos una acción automática y para los culposos, facultativa.
En cuanto a las sanciones el catálogo es el siguiente: amonestación; censura; perdida de antigüedad, que es un requisito para el ascenso; incapacidad para cargos directivos, suspensión en las funciones, que puede ser de 6 meses a 2 años; remoción.
La impugnación a la decisión se realiza ante el tribunal de casación.
A diversas preguntas que se le formularon sostiene que, es un organismo de gran prestigio, que asegura la independencia en el accionar de los jueces. Ejerce una tutela del magistrado, emitiendo comunicados o “prácticas de tutela”.
En cuanto a las corrientes de pensamiento de los jueces en relación con las asociaciones conviven las progresistas, centristas, moderadas. En la postulación todas ellas tienen participación.
Visita Institucional a la Corte Europea de Derechos Humanos.
En horario vespertino la delegación fue recibida en la sede de la Corte Europea de Derechos Humanos, que tiene su sede central en Estraburgo (Francia), por el Dr. Andrea Buratti.
En la actualidad la Unión Europea está constituida por 27 estados que se rigen por dos ordenamientos, el de los estados y el de la Unión.
Son tres los tratados de igual fuerza normativa que los rigen con la misma fuerza vinculante: el de la Unión Europea, el de Funcionamiento y la Carta de Derechos.
Su función esencial es la de fijar directivas en base al principio de la primacía del ordenamiento europeo, las que deben ser cumplidas de modo inmediato por los estados miembros.
Las fuentes secundarias pueden ser vinculantes (reglamentos, directivas) o no vinculantes (recomendaciones, opiniones).
La Corte de Justicia tiene las siguientes funciones jurisdiccionales:
1)Prejudicial que es la principal y se produce cuando las cortes de los estados miembros reenvían casos en consulta; 2) Sobre procedimientos por infracciones de los estados, 3) Sobre recursos directos por solicitud de anulación.
El nivel de acatamiento de sus directrices es amplio, con variaciones respecto de los estados que se fueron incorporando, como Hungría, Checoslovaquia, España. Holanda, como Italia son estados fundadores y tienen un total acatamiento a las mismas. En el caso de Inglaterra, que no tiene constitución escrita decide el Parlamento.
La Carta de Derechos recogió la jurisprudencia predominante en los estados, derivada de la corriente de constitucionalización de los derechos. Tutela derechos a la salud, libertad religiosa, bioética, propiedad, entre otros. Estos criterios son aplicados en base el “principio de subsidiaridad”; es decir no interviniendo en lo posible.
Con referencia a la existencia de Fondos Estructurales, para cubrir los desequilibrios en el desarrollo de los países, informa que sí existen y se otorgan para planes a desarrollar en 6 años, que se monitorea en su desarrollo, pero en realidad hay como una falta de políticas sociales, pues no tiene competencia redistributiva sobre las políticas internas de los estados.

Miércoles 29 de marzo: Asistencia a la Audiencia general del Papa, en la basílica de San Pedro, Vaticano, a las 10 hs.
                                      Visita Institucional: a la Embajada Argentina en Italia, siendo recibidos por el Embajador, Sr. Ferrari, su esposa y funcionarios de la misma.

Jueves 30 de marzo: Visita institucional a la Dirección Nacional Antimafia y Antiterrorismo:
La delegación es recibida por el Procurador Nacional Adjunto, la Directora de Relaciones Internacionales, incorporándose posteriormente el Procurador Nacional, Dr.  Santa Lucía.
La misma fue creada en el año 1991 para organizar la lucha contra el crimen organizado, mafia,  y desde el año 2015 se le asignó las funciones de antiterrorismo. Cuentan con 26 delegaciones en todo el país.
Hubo un hecho determinante que incidió en su fortalecimiento y que fue, el asesinato por parte de la mafia del Juez, Giovanni Falcone, en el año 1992.
Tiene funciones de coordinación, ejerciendo su jurisdicción de manera difusa y horizontal, en relación con los magistrados nombrados para atender la temática, teniendo en cuenta que la asociación criminal mafiosa tiene características diferenciadas con el delito común. Actúa a través de directivas dadas a los fiscales encargados de la  investigación.
Temáticas cuya investigación se realizan en la actualidad: trata de personas, migraciones, lavado de activos, intercambio electoral, contrabando, protección de testigos, entre otras.
Llevan realizadas mas de 1.800.000 procedimientos, en 65.000 expedientes. Tienen recopilados 13.000.000 de datos que se conservan en base de datos judicial mas 60 bancos de datos privados y públicos.
Integran la EUROPOL  y a nivel mundial la INTERPOL.
Los magistrados trabajan con la policía judicial y mas de 260 analistas, altamente formados que desmenuzan los datos. En cada acto se recogen 987 datos, en base a un sistema predeterminado.
Visita institucional al Consejo de Estado (palacio Spada).(15 hs).
El contingente es recibido por el Dr. Tropiano quien en una exposición académica, destaca las principales características de la justicia administrativa; es decir de la tutela de los ciudadanos frente a la administración. Destaca entre otros aspectos, los recursos administrativos vigentes, como el recurso jerárquico, el extraordinario ante el Presidente de la república.

Viernes 31 de marzo: visita Institucional al Tribunal de Casación.
La delegación es recibida por la Dra. Loredana Narricone.
La misma expone, en una amplia alocución cuales son las principales funciones del tribunal.
La primera es de carácter institucional, y refiere a la de fijar una exacta y uniforme aplicación de la ley. Cuida de la unidad del derecho objetivo nacional. En caso de dudas se atiene a los criterios de la Corte Europea.
Tiene seis salas o secciones civiles y siete penales. El pleno del tribunal tiene la última palabra.
Los recursos son acogidos son límites por el monto, y se resuelve sobre su admisión o se reenvía para su tratamiento a la instancia de grado.
Tienen una amplia litigiosidad. 30.000 causas civiles y 40.000 penales, y tratan aproximadamente 4000 recursos al año.
En Italia que tiene un sistema unitario, cuentan con 600 jueces de diferentes fueros.
A su vez a los miembros del consejo los designa el Consejo de la Magistratura.
Cuentan con tres asistentes para elaborar los proyectos. Los consejeros ordinarios (jueces), integran las Secciones que cuentan a su vez con un presidente.
La participación de la mujer en el sistema judicial es mayor en la justicia ordinaria, y en el tribunal hay un porcentaje del 20% aproximadamente. Dos mujeres solamente son presidentas de Sección.
El precedente no es una fuente de derecho sostiene, pero genera vínculos, aunque los jueces de mérito tienen la libre interpretación de la ley, sin desconocer el “peso” del precedente del tribunal.
Hay mora sostiene porque hay una excesiva litigiosidad, siendo los costos bajos. Litigan 250.000 abogados.
Los abogados autorizados para actuar ante el tribunal son 50.000, previo examen habilitante, cuando en Francia son 100.
A grandes rasgos se han reseñado los datos más relevantes advertidos en las instituciones más representativas del sistema judicial italiano.
El broche de Cierre: la visita a la anm (associazione nazionale magistrati), que tiene una delegación en instalaciones del tribunal último visitado.
La misma fue fundada en el año 1909, hallándose asociados el 95% de los magistrados del país, e integra la UIM.
Renuevan sus autoridades cada cuatro años, del Comité Ejecutivo Central.
Su finalidad consiste en la defensa del status jurídico, económico y de la carrera judicial de la magistratura. Opina en el parlamente sobre leyes que les atañen, formando comisiones de estudio. Firman convenios sobre diversos temas relacionados.
Tienen en su historia la muerte de 27 jueces en manos de la mafia (cosa nostra, camorra).

Cena de fin de curso en Villa Grazioli (20 hs.): entrega de certificados.
De esta manera concluyeron  estas jornadas, con una intensa actividad, en donde no faltaron los momentos de cálida camaradería, en el marco de una ciudad inolvidable por su historia, su tradición jurídica, su cultura y su belleza.

Instituto  de investigaciones Judiciales.
Corrientes, 20 de abril de. 2017.
Analía Durand De Casís.