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STJ dispone suspensión de plazos procesales hasta el viernes 17 de abril

STJ dispone suspensión de plazos procesales hasta el viernes 17 de abril


La Corte Provincial suspendió los plazos procesales desde el lunes 13 de abril –fecha en que se reinicia la actividad judicial- hasta el viernes 17 inclusive, de modo de no afectar derechos ni causar perjuicios jurídicos a las partes. 

La decisión fue adoptada por razones jurídicas y como medida complementaria al Acuerdo Extraordinario N° 7/20, y alcanza a todas las causas en trámite ante el Poder Judicial.

N° 80                                                             CORRIENTES, 8 de abril de 2020

Visto:  Lo establecido en el Acuerdo Extraordinario N° 712020, en cuanto  se dispone el reintegro de las actividades judiciales a partir del 13 de abril de 2020, luego de la medida de «aislamiento social, preventivo y obligatorio» dispuesta por el Poder Ejecutivo Nacional y la feria judicial resuelta en los Acuerdos Extraordinarios N° 5 y N» 6 del año 2020.

y Considerando:  Que,  las actividades  se retomaran  bajo  directrices,  pautas  e instrucciones de trabajo, que deberán adoptar cada Tribunal de acuerdo a las realidades de cada edificio, áreas, fueros, funciones, competencias y particularidades de cada ciudad o  localidad,  lo que  implicará  que  cada Juzgado  tenga  que  realizar  una organización interna para ajustar sus tareas a los medios electrónicos y tecnológicos  más idóneos al alcance,  como  así  también,  coordinar  y sistematizar  el  nuevo  diseño  de atención  al público.
Que,  en  ese  marco y  por cuestiones de seguridad  jurídica,  resulta  oportuno y oonveniente, disponer la suspensión de los plazos desde el 13 de abril de 2020 hasta el
17 de abril del corriente me~ y año, inclusive, a efectos de no afectar derechos ni causar perjuicios a las partes en los procesos.
Por ello, en ejercicio de atribuciones, conferidas por el articulo 24 inc.e) y artículo

104 de la Ley Orgánica de la Administración de Justicia (Decreto Ley 26/200), habiendo consultado  -vía telefónica- a los Señores Ministros del Superior Tribunal de Justicia y al Señor Fiscal General:

SE RESUELVE:

1°) Disponer la Suspensión de los plazos procesales desde el 13 de abril de 2020 hasta el 17 de abril del corriente mes y año, indusive, por razones de seguridad jurídica y a fin de  no afectar derechos ni causar perjuicios a las partes, en todas las causas que tramitan   ante   el   Poder   Judicial   de   la   Provincia   de   Corrientes,   como   medida complementaria de lo resuelto en el Acuerdo Extraordinario W 7/2020.

2°)  Insértese,  notifiquese,  dese  a  publicidad  y difusión  por  los  canales  más idóneos.